Legislación › Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León.
Disposición adicional sexta. Referencias de género.
Disposición adicional sexta. Referencias de género.
En los casos en los que no se haya optado por incorporar un lenguaje inclusivo o no sexista y se empleen sustantivos de género gramatical masculino para referirse a sujetos, cargos, profesiones o puestos de trabajo, debe entenderse que dicho uso responde a razones de economía de la expresión y que se refiere de forma genérica tanto a hombres como mujeres, con estricta igualdad de efectos jurídicos.
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