Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Artículo 24. Uso no sexista del lenguaje en el ámbito administrativo. Erradicación del sexismo en el lenguaje institucional y social.
Artículo 24. Uso no sexista del lenguaje en el ámbito administrativo. Erradicación del sexismo en el lenguaje institucional y social.
El Gobierno de Cantabria:
1. Erradicará, en todas sus formas de expresión oral o escrita, el uso sexista del lenguaje en el ámbito institucional, tanto frente a la ciudadanía como en las comunicaciones internas. A estos efectos, se informará y se formará al personal al servicio de las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Se realizarán campañas de sensibilización y divulgación pública para la erradicación del uso sexista y androcéntrico del lenguaje en la vida social.


