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Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 29 de marzo de 2019 · Último cambio el 29 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios generales.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Disposiciones generales.
- Artículo 5. De la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 6. De las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 7. Órgano competente en materia de igualdad de género.
- Artículo 8. Responsables de la igualdad de género.
- Artículo 9. Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno de Cantabria.
- Artículo 10. Comisión para la integración de la perspectiva de género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 11. Observatorio de Igualdad de Género.
- Artículo 12. Órgano de participación, representación y consulta.
- Sección 2
- Artículo 13. Coordinación y colaboración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Financiación.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 15. Integración de la perspectiva de género.
- Artículo 16. Integración del enfoque de interseccionalidad.
- Artículo 17. Evaluación del impacto de género. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 18. Estadísticas y estudios.
- Artículo 19. Comunicación, imagen, publicidad institucional y lenguaje no sexista.
- Artículo 20. Planificación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 21. Representación equilibrada en los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 22. Informes de impacto de género. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 23. Presupuestos públicos con enfoque de género.
- Artículo 24. Uso no sexista del lenguaje en el ámbito administrativo. Erradicación del sexismo en el lenguaje institucional y social.
- Artículo 25. Contratación pública.
- Artículo 26. Ayudas y subvenciones.
- Artículo 27. Capacitación del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 28. Racionalización de horarios.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 29. Principio de igualdad en la Educación.
- Sección 2
- Artículo 30. Implantación de un modelo coeducativo.
- Artículo 31. Promoción de la igualdad de género en los centros educativos.
- Artículo 32. Representación equilibrada de mujeres y hombres en puestos directivos y de decisión.
- Artículo 33. Planificación.
- Artículo 34. Orientación educativa y profesional.
- Artículo 35. Consejo Escolar de Cantabria.
- Artículo 36. Garantías para la efectividad del principio de igualdad.
- Artículo 37. Introducción de objetivos coeducativos en el currículo.
- Artículo 38. Materiales curriculares.
- Artículo 39. Formación del profesorado.
- Artículo 40. Detección e Intervención contra la violencia en el ámbito educativo.
- Artículo 41. Designación de responsable de igualdad en los centros.
- Artículo 42. Inspección educativa.
- Artículo 43. Educación, corresponsabilidad y conciliación familiar, personal y laboral.
- Sección 3
- Artículo 44. Igualdad de trato y de oportunidades en la Enseñanza universitaria.
- Artículo 45. Igualdad de oportunidades en la carrera profesional.
- Artículo 46. Representación equilibrada.
- Artículo 47. Financiación de proyectos docentes.
- Artículo 48. Igualdad en la Investigación.
- Artículo 49. Igualdad en la Enseñanza no reglada.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 50. Visibilización del trabajo doméstico.
- Sección 2
- Artículo 51. Principios generales.
- Subsección 1
- Artículo 52. Igualdad en las políticas de desarrollo y creación de empleo.
- Artículo 53. Medidas de acción positiva a favor de las mujeres en el ámbito laboral.
- Artículo 54. Atención a mujeres con especiales dificultades de inserción laboral.
- Artículo 55. Fomento del emprendimiento femenino.
- Artículo 56. Servicios para el empleo. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
- Artículo 57. Igualdad en los planes de formación.
- Artículo 58. La discriminación salarial.
- Artículo 59. Estadísticas e indicadores.
- Artículo 60. Tutela antidiscriminatoria.
- Artículo 61. Concepto integral de la salud laboral.
- Artículo 62. Integración de la perspectiva de género en la salud y seguridad laboral.
- Artículo 63. Planes de prevención de riesgos.
- Artículo 64. Investigación en salud laboral.
- Artículo 65. Acoso sexual y acoso por razón de sexo. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
- Subsección 2
- Artículo 66. Disposiciones generales en el empleo del Sector Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 67. Estadísticas desagregadas.
- Artículo 68. Igualdad retributiva en el empleo público.
- Artículo 69. Embarazo y maternidad.
- Artículo 70. Protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el empleo público.
- Artículo 71. Acceso al empleo público en las Administraciones públicas de Cantabria.
- Artículo 72. Composición equilibrada de órganos de selección y comisiones de valoración en las Administraciones públicas de Cantabria.
- Artículo 73. Acceso al empleo público en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 74. Fomento de la composición equilibrada del personal en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 75. Acciones positivas en los procesos de formación y promoción de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Sección 3
- Artículo 76. Promoción de la igualdad en la Negociación colectiva.
- Artículo 77. Promoción de la igualdad en la Negociación colectiva por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 78. Control de legalidad de los convenios colectivos.
- Artículo 79. Fomento de la composición equilibrada de la representación legal de trabajadores y trabajadoras de Cantabria.
- Artículo 80. Composición equilibrada de la participación institucional de los sindicatos y asociaciones empresariales.
- Artículo 81. Promoción de la participación de las mujeres en las organizaciones sindicales y empresariales.
- Artículo 82. Negociación colectiva en el Sector público.
- sección 4
- Subsección 1
- Artículo 83. Apoyo a la implantación de Planes de igualdad.
- Artículo 84. Registro autonómico de Planes de igualdad.
- Subsección 2
- Artículo 85. Plan para la Igualdad de género en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 86. Medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
- Artículo 87. Igualdad en los procesos de reestructuración.
- Sección 5
- Artículo 88. Responsabilidad social de las empresas en materia de igualdad.
- Artículo 89. Publicidad de las acciones de responsabilidad social en materia de igualdad.
- Artículo 90. La promoción de la participación de las mujeres en los Consejos de Administración de las empresas.
- Sección 6
- Artículo 91. Derecho y deber de la corresponsabilidad de hombres y mujeres en el ámbito público y privado.
- Artículo 92. De la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Artículo 93. Organización de espacios y horarios y creación de servicios.
- Artículo 94. Promoción del ejercicio de derechos de conciliación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- CAPÍTULO III
- Artículo 95. Igual derecho a la salud de mujeres y hombres.
- Artículo 96. Integración de la perspectiva de género en las políticas de salud.
- Artículo 97. Perspectiva de género en los Planes de Salud.
- Artículo 98. Problemas de salud específicos de las mujeres.
- Artículo 99. Prevalencia del derecho a la salud.
- Artículo 100. Formación en salud con perspectiva de género.
- Artículo 101. Educación para la promoción de la salud.
- Artículo 102. Integración de la perspectiva de género en investigación en salud.
- Artículo 103. Presencia equilibrada en la Sanidad pública cántabra.
- Artículo 104. La producción estadística sanitaria.
- Artículo 105. Atención a la diversidad en salud.
- Artículo 106. Ciclo vital.
- Artículo 107. Identidad y orientación sexual.
- Artículo 108. Accesibilidad a los servicios.
- Artículo 109. Salud sexual.
- Artículo 110. Programas de información y educación sexual.
- Artículo 111. Salud reproductiva.
- Artículo 112. Corresponsabilidad.
- Artículo 113. Reproducción asistida.
- Artículo 114. Salud mental.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 115. Igualdad en las políticas de bienestar social.
- Artículo 116. Mujeres con discapacidad.
- Artículo 117. Envejecimiento activo.
- Artículo 118. Mujeres e interculturalidad.
- Artículo 119. Tráfico y explotación sexual.
- CAPÍTULO V
- Artículo 120. Igualdad en las actividades artísticas y culturales.
- Artículo 121. Acciones positivas en la gestión cultural.
- Artículo 122. Igualdad de género en el deporte.
- Artículo 123. Medidas para promover el deporte femenino.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 124. Igualdad en el medio ambiente.
- Artículo 125. Igualdad en las políticas de vivienda, ordenación del territorio, urbanismo y transporte.
- Artículo 126. Derecho preferente en el acceso a la vivienda pública.
- Artículo 127. Igualdad de género en el desarrollo rural.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 128. Representación paritaria de mujeres y hombres para procesos electorales al Parlamento de Cantabria.
- Artículo 129. Espacios electorales.
- Artículo 130. Participación social de las mujeres.
- Artículo 131. Acciones positivas para la promoción de la participación de las mujeres en la vida pública.
- Artículo 132. Apoyo al movimiento asociativo de mujeres.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 133. Género y sociedad de la información.
- Artículo 134. Participación equilibrada.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 135. Medios de comunicación social.
- Artículo 136. Igualdad en los medios de titularidad privada.
- Artículo 137. Campañas institucionales de fomento de la igualdad.
- Artículo 138. Publicidad ilícita.
- CAPÍTULO X
- Artículo 139. Igualdad de género en la política cántabra de cooperación para el desarrollo.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 140. Igualdad en las políticas de juventud.
- TÍTULO IV
- Artículo 141. Evaluación de la aplicación de la ley.
- Artículo 142. Igualdad de trato en el acceso al uso de bienes y servicios y su suministro.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 143. Inspección.
- Artículo 144. Régimen jurídico.
- Artículo 145. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 146. Infracciones.
- Artículo 147. Tipología de las Infracciones.
- Artículo 148. Sanciones.
- Artículo 149. Graduación de las sanciones.
- Artículo 150. Responsabilidad.
- Artículo 151. Reincidencia.
- Artículo 152. Régimen de prescripción.
- CAPÍTULO III
- Artículo 153. Competencia.
- Artículo 154. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Difusión de la ley.
- Disposición adicional segunda. Observatorio de Igualdad de Género.
- Disposición adicional tercera. Reglamento de informes de impacto de género.
- Disposición adicional cuarta. Personas responsables de la igualdad de género en cada Consejería del Gobierno de Cantabria.
- Disposición adicional quinta. Protocolo ante el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
- Disposición adicional sexta. Valoración técnica con perspectiva de género de las plazas y puestos de trabajo.
- Disposición adicional séptima. Elaboración y aprobación de los planes para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Disposición adicional octava. Registro autonómico de planes de igualdad.
- Disposición adicional novena. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Disposición adicional décima. Creación de la Unidad de igualdad y coeducación.
- Disposición adicional undécima. Materia laboral o de prevención de riesgos laborales.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de nombramientos.
- Disposición transitoria segunda. Normas y directrices para la evaluación previa del impacto en función del género y la incorporación de medidas para eliminar desigualdades y promover la igualdad.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de contenidos curriculares.
- Disposición transitoria cuarta. Listado de organismos y entidades obligadas a elaborar un plan de igualdad.
- Disposición transitoria quinta. Vigencia de los planes y medidas existentes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitaciones reglamentarias.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley de Cantabria 5/1987, de 27 de marzo, de Elecciones al Parlamento de Cantabria.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma
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