Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Artículo 56. Servicios para el empleo.
Artículo 56. Servicios para el empleo.
1. En cumplimiento de la legislación laboral, el Servicio Cántabro de Empleo, las entidades colaboradoras y las agencias de colocación que intervienen en las diferentes fases del proceso de acompañamiento a la inserción laboral no tramitarán cualquier oferta de empleo discriminatoria por razón de sexo, de acuerdo con sus propios procedimientos y normativa correspondiente.
2. El Servicio Cántabro de Empleo y las entidades colaboradoras recibirán formación sobre el modo de incorporar la perspectiva de género en cada fase del proceso integral de acompañamiento a la inserción laboral.
Se modifica por el art. 18 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-504
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-504 | Leer | Qué cambió |
| 9 de marzo de 2019 | Texto original | Leer |


