LexTotal

Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Artículo 84. Registro autonómico de Planes de igualdad.

Artículo 84. Registro autonómico de Planes de igualdad.

La Consejería competente en materia de trabajo y empleo promoverá la inscripción en el Registro de convenios colectivos, de los planes de igualdad elaborados, en cumplimiento de la ley o con carácter voluntario, por empresas con sede social, agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en Cantabria.

← Artículo 83 Índice Artículo 85 →