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Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Disposición adicional décima. Creación de la Unidad de igualdad y coeducación.

Disposición adicional décima. Creación de la Unidad de igualdad y coeducación.

La Consejería competente en materia de educación dispondrá de un plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la ley para la creación de la Unidad de Igualdad y Coeducación recogida en el artículo 31.4.

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