Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Artículo 33. Planificación.
Artículo 33. Planificación.
La Administración educativa cántabra aprobará y ejecutará planes bienales de coeducación en cada nivel educativo, con la participación de toda la comunidad educativa. En dichos planes se priorizarán aquellas actuaciones que deben llevar a cabo los centros educativos durante ese periodo de tiempo. El desarrollo de estas actuaciones en los centros estarán sujetos al seguimiento por parte del Servicio de Inspección de Educación.


