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Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Artículo 67. Estadísticas desagregadas.

Artículo 67. Estadísticas desagregadas.

Los órganos competentes en materia de función pública, incluida la docente y estatutaria de instituciones sanitarias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, deberán disponer de estadísticas desagregadas por sexos y actualizadas, que posibiliten la aplicación de lo dispuesto en esta subsección.

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