Legislación › Ley 2/2019, de 7 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Artículo 67. Estadísticas desagregadas.
Artículo 67. Estadísticas desagregadas.
Los órganos competentes en materia de función pública, incluida la docente y estatutaria de instituciones sanitarias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, deberán disponer de estadísticas desagregadas por sexos y actualizadas, que posibiliten la aplicación de lo dispuesto en esta subsección.


