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Legislación › Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.

Artículo 50. Competencia sancionadora.

Artículo 50. Competencia sancionadora.

Es competente para la incoación y resolución de los procedimientos sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley la persona titular del departamento competente en materia de memoria democrática.

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