Legislación › Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
Artículo 50. Competencia sancionadora.
Artículo 50. Competencia sancionadora.
Es competente para la incoación y resolución de los procedimientos sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley la persona titular del departamento competente en materia de memoria democrática.


