Legislación › Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
Disposición adicional primera. Reconocimiento y restitución personal por actuación de órganos penales o administrativos.
Disposición adicional primera. Reconocimiento y restitución personal por actuación de órganos penales o administrativos.
El Gobierno de Aragón instará al Gobierno de España a la adopción de las medidas pertinentes que procedan para hacer efectiva la reparación y reconocimiento personal de quienes padecieron condenas o sanciones de carácter personal impuestas o acordadas por Consejos de Guerra, Tribunales de Responsabilidades Políticas, el Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo, el Tribunal de Orden Público o cualesquiera otros órganos ilegítimos, fueren judiciales o administrativos, civiles o militares, de modo que resulte posible satisfacer plenamente los derechos enumerados en el artículo 4.


