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Legislación › Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.

Disposición adicional primera. Medios para asegurar el cumplimiento de la ley.

Disposición adicional primera. Medios para asegurar el cumplimiento de la ley.

En un plazo máximo de 24 meses desde la entrada en vigor de esta ley, y a los efectos de asegurar su cumplimiento, el Gobierno de las Illes Balears tiene que llevar a cabo las actuaciones necesarias para proveer de recursos y puestos de trabajo suficientes el servicio competente en materia de residuos y suelos contaminados, actualmente adscrito a la Dirección General de Educación Ambiental, Calidad Ambiental y Residuos de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca. Estos puestos de trabajo se tienen que incorporar a la relación de puestos de trabajo (RPT) de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears en la primera modificación que se haga.

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