Legislación › Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.
Disposición transitoria cuarta. Adaptación de tributos.
Disposición transitoria cuarta. Adaptación de tributos.
Las administraciones públicas de las Illes Balears disponen de un plazo de 24 meses desde la entrada en vigor de esta ley para adaptar las ordenanzas reguladoras y los tributos de su competencia a lo que establece esta misma ley.
← Disposición transitoria tercera Índice Disposición transitoria quinta →


