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Legislación › Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears.

Disposición transitoria quinta. Centros de reciclaje.

Disposición transitoria quinta. Centros de reciclaje.

Los entes locales tienen que dar cumplimiento a la previsión del artículo 31.1 de esta ley antes de 24 meses desde su entrada en vigor.

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