Legislación › Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears.
Artículo 188. Reserva y confidencialidad.
Artículo 188. Reserva y confidencialidad.
Todas las actuaciones administrativas se tienen que llevar a cabo con la necesaria reserva y confidencialidad, y se tiene que evitar especialmente que la familia biológica conozca los datos de la familia adoptante, excepto en los supuestos que prevé la legislación vigente.


