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Legislación › Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos.

Artículo 17. Formato de los pliegos de recogida de firmas.

Artículo 17. Formato de los pliegos de recogida de firmas.

1. Los pliegos de recogida de firmas reproducirán en la cabecera el texto íntegro de la pregunta a formular. Al lado de la firma de la persona que le da apoyo se indicará, necesariamente, su nombre y apellido o apellidos y el número del DNI o NIE.

2. El cuerpo del documento se estructurará en seis columnas con el contenido siguiente: número de orden de las firmas que tendrá que ser correlativo; nombre; primer apellido; segundo apellido; DNI o NIE; y, por último, la firma.

3. En los pliegos de recogida de firmas se hará constar que los firmantes manifiestan tener derecho a sufragio activo en el ámbito de la consulta.

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