Legislación › Real Decreto 239/2019, de 5 de abril, por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo.
Artículo 11. Régimen fiscal de las actividades de pesca-turismo.
Artículo 11. Régimen fiscal de las actividades de pesca-turismo.
Los beneficios obtenidos con ocasión de las actividades de pesca-turismo se imputarán al régimen general de tributación que proceda por la actividad pesquera principal a la cual complementa.


