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Legislación › Real Decreto 239/2019, de 5 de abril, por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo.

Artículo 11. Régimen fiscal de las actividades de pesca-turismo.

Artículo 11. Régimen fiscal de las actividades de pesca-turismo.

Los beneficios obtenidos con ocasión de las actividades de pesca-turismo se imputarán al régimen general de tributación que proceda por la actividad pesquera principal a la cual complementa.

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