Legislación › Ley 3/2019, de 6 de marzo, Reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad de Madrid.
Artículo 11. Entidades remitentes.
Artículo 11. Entidades remitentes.
Podrán derivar personas usuarias a los Puntos de Encuentro Familiar:
1. Los órganos judiciales competentes.
2. Las administraciones competentes en materia de protección del menor.


