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Legislación › Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas usuarias de perro de asistencia en la Comunidad de Castilla y León

Disposición final cuarta. Adaptación de la normativa.

Disposición final cuarta. Adaptación de la normativa.

1. En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, se procederá a la adaptación de la normativa de Castilla y León a las disposiciones contenidas en la misma.

2. Asimismo, las entidades locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, adaptarán sus ordenanzas municipales sobre la materia a las normas contenidas en la presente ley, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la misma.

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