Legislación › Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.
Artículo 23. Autenticidad de los productos.
Artículo 23. Autenticidad de los productos.
Las administraciones públicas con competencias en materia de consumo, para proteger los legítimos intereses económicos y sociales de las personas consumidoras, adoptarán medidas para evitar la comercialización de productos cuyas marcas puedan inducir a error o imiten o falsifiquen sus características o identificación, o bien, no puedan acreditar su origen o procedencia.


