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Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.
En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 8 de mayo de 2019 · Último cambio el 1 de abril de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Principios informadores.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 4. Derechos básicos.
- Artículo 5. Nuevos derechos.
- Artículo 6. Protección prioritaria de los derechos de personas consumidoras en general y en especial, de determinados colectivos vulnerables.
- Artículo 7. Asistencia a personas consumidoras con dificultades o necesidades de apoyo para su autonomía personal.
- Sección 2
- Artículo 8. Deber general de seguridad.
- Artículo 9. Deber de información a las personas consumidoras sobre los riesgos de los bienes y servicios.
- Artículo 10. Obligaciones de las empresas en materia de seguridad de las personas consumidoras.
- Artículo 11. Responsabilidades de las empresas en materia de documentación.
- Artículo 12. Obligación de comunicación de accidentes.
- Artículo 13. Red de Alerta de Productos de Consumo.
- Artículo 14. Producto seguro.
- Artículo 15. Producto inseguro.
- Artículo 16. Productos de imitación o falsificados.
- Artículo 17. Actividades carentes de autorización, declaración responsable o comunicación.
- Artículo 18. Responsabilidades de las empresas productoras.
- Artículo 19. Responsabilidades por la distribución, venta y prestación de servicios.
- Artículo 20. Responsabilidades comunes a la producción, la distribución, venta y prestación de servicios.
- Sección 3
- Artículo 21. Marco legal.
- Artículo 22. Empoderamiento financiero y digital de las personas consumidoras.
- Artículo 23. Autenticidad de los productos.
- Artículo 24. Acreditación de actividades económicas.
- Artículo 25. Revocación de autorización de actividades.
- Artículo 26. Obsolescencia programada.
- Artículo 27. Información a la persona consumidora.
- Artículo 28. Transparencia y simetría informativa.
- Artículo 29. Información del precio o contraprestación.
- Artículo 30. Información y marcado de precios en los establecimientos.
- Artículo 31. Precios dinámicos.
- Artículo 32. Fluctuación de precios.
- Artículo 33. Cláusulas abusivas y prácticas comerciales desleales.
- Sección 4
- Artículo 34. Garantía de servicio público.
- Artículo 35. Actuaciones de protección.
- Artículo 36. Servicios de atención a las personas consumidoras por parte de las empresas.
- Artículo 37. Obligaciones de las empresas en la atención a las personas consumidoras.
- Artículo 38. Administración electrónica.
- Artículo 39. Indemnizaciones y resarcimiento del daño.
- Sección 5
- Artículo 40. Empoderamiento de las personas consumidoras.
- Artículo 41. Información de los bienes, productos y servicios.
- Artículo 42. Derecho de información sobre productos, servicios y actividades.
- Artículo 43. Actuaciones informativas y divulgativas en materia de consumo.
- Artículo 44. Educación y formación en materia de consumo.
- Artículo 45. Investigación.
- Sección 6
- Artículo 46. Audiencia, consulta y representación de las personas consumidoras.
- Artículo 47. Las organizaciones de las personas consumidoras.
- Artículo 48. Derechos de las asociaciones de personas consumidoras.
- Artículo 49. Obligaciones de las asociaciones de personas consumidoras.
- Artículo 50. Consejo de Personas Consumidoras y Usuarias de Castilla-La Mancha.
- Artículo 51. Consejo Regional de Consumo de Castilla-La Mancha.
- Artículo 52. Voluntariado de consumo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 53. Responsabilidad de las personas consumidoras.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Oferta, promoción y comunicación comercial.
- Artículo 55. Constancia de las condiciones de las ofertas.
- Artículo 56. Promoción de ventas.
- Artículo 57. Invitaciones a comprar.
- Artículo 58. Requisitos en materia de consumo para las ofertas o promociones.
- Artículo 59. Reducción en el precio de los bienes o servicios.
- Artículo 60. Obsequios.
- Artículo 61. Concursos y sorteos.
- Artículo 62. Presupuesto.
- Artículo 63. Resguardo de depósito.
- Artículo 64. Documento justificativo de la contratación realizada.
- Artículo 65. Manifestaciones o alegaciones de empresas.
- Artículo 66. Requisitos formales de la documentación.
- Artículo 67. Pago anticipado o anticipos de pago del precio y pagos parciales.
- Artículo 68. Hojas de reclamación o denuncia.
- Artículo 69. Derecho de desistimiento.
- Artículo 70. Requisitos sobre precios y condiciones de pago en los establecimientos.
- Artículo 71. Información sobre el horario.
- CAPÍTULO II
- Artículo 72. Modalidades especiales de relaciones de consumo.
- Artículo 73. Información a las personas consumidoras.
- Artículo 74. Requisitos adicionales.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 75. Empresas que prestan servicios.
- Artículo 76. Clasificación de servicios.
- Artículo 77. Precios de los servicios.
- Artículo 78. Recargos y suplementos en el precio del servicio.
- Artículo 79. Garantía de los servicios.
- Artículo 80. Información previa de las empresas prestadoras de servicios.
- Artículo 81. Garantías en el cumplimiento de la obligación de información previa.
- Artículo 82. Información suplementaria.
- Sección 2
- Artículo 83. Servicios a las personas.
- Artículo 84. Servicio sobre los bienes.
- Artículo 85. Servicios básicos.
- Artículo 86. Pobreza energética y vulnerabilidad económica.
- Artículo 87. Servicios de tracto continuado.
- Artículo 88. Servicios de marca.
- Artículo 89. Servicios de naturaleza mixta.
- Artículo 90. Servicios de las empresas concesionarias de autopistas de peaje.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 91. Información sobre la titulización de préstamos hipotecarios y de otro tipo.
- Artículo 92. Información en la oferta para la venta o para el arrendamiento de inmuebles.
- Artículo 93. Accesibilidad a la información y a los documentos preceptivos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 94. Políticas europeas de consumo.
- Artículo 95. Centro Europeo del Consumidor.
- CAPÍTULO II
- Artículo 96. Políticas estatales de consumo.
- Artículo 97. Coordinación de actuaciones de protección.
- Artículo 98. Colaboración con otras Comunidades Autónomas.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 99. Políticas públicas de consumo en Castilla-La Mancha.
- Artículo 100. Recursos públicos de consumo.
- Sección 2
- Artículo 101. Competencias propias de las Entidades Locales.
- Artículo 102. Oficinas Municipales de Información de Consumo.
- Artículo 103. Convenios de colaboración.
- Artículo 104. Red Pública de Recursos Locales.
- Artículo 105. Mapa regional de consumo.
- Artículo 106. Registro.
- Artículo 107. Atención básica interdisciplinar.
- Sección 3
- Artículo 108. Vigilancia del mercado.
- Artículo 109. El personal inspector.
- Artículo 110. Funciones del personal inspector.
- Artículo 111. Potestades del personal inspector.
- Artículo 112. Obligaciones de la parte inspeccionada.
- Artículo 113. Actas de la actuación inspectora.
- Artículo 114. Diligencias.
- Artículo 115. Disposiciones comunes a actas y diligencias.
- Artículo 116. Actuaciones administrativas en materia de seguridad de las personas consumidoras.
- Artículo 117. Compras de prueba, tomas de muestras y pruebas analíticas.
- Artículo 118. Medidas administrativas para la corrección del mercado.
- Artículo 119. Tipos de medidas de corrección del mercado.
- Artículo 120. Procedimiento de adopción de medidas cautelares.
- Artículo 121. Advertencias y requerimientos.
- Artículo 122. Multas coercitivas.
- Sección 4
- Artículo 123. Actuación de las administraciones públicas de Castilla-La Mancha en la protección de los derechos de las personas consumidoras.
- Artículo 124. Protección de las personas consumidoras en las relaciones comerciales en línea.
- Artículo 125. Reclamaciones de las personas consumidoras.
- Artículo 126. Resolución extrajudicial de conflictos.
- Artículo 127. Mediación.
- Artículo 128. Arbitraje de Consumo.
- Artículo 129. Arbitraje de Consumo y Sector Público.
- Sección 5
- Artículo 130. Campañas informativas y actividades de difusión en materia de consumo.
- Artículo 131. Estudios y encuestas sobre hábitos de consumo de las personas consumidoras.
- Artículo 132. Educación en materia de consumo.
- Artículo 133. Formación en consumo.
- Artículo 134. Nuevos modelos económicos emergentes.
- Artículo 135. Actuaciones de promoción.
- Sección 6
- Artículo 136. Competencias en materia sancionadora.
- Artículo 137. Actuaciones u omisiones infractoras.
- Artículo 138. Carácter de las infracciones en materia de disciplina de mercado.
- Artículo 139. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 140. Infracciones leves.
- Artículo 141. Infracciones graves.
- Artículo 142. Infracciones muy graves.
- Artículo 143. Infracciones muy graves por concurrir determinadas circunstancias.
- Artículo 144. Sanciones.
- Artículo 145. Graduación de las sanciones.
- Artículo 146. Circunstancias agravantes.
- Artículo 147. Circunstancias atenuantes.
- Artículo 148. Circunstancias mixtas.
- Artículo 149. Resolución y eficacia de las sanciones.
- Artículo 150. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 151. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 152. Responsabilidad por infracciones cometidas en bienes envasados e identificados.
- Artículo 153. Responsabilidad por infracciones cometidas en bienes envasados y no identificados.
- Artículo 154. Responsabilidad por infracciones cometidas en bienes no envasados.
- Artículo 155. Responsabilidad por infracciones cometidas en la prestación de servicios.
- Artículo 156. Otros sujetos responsables.
- Artículo 157. Responsabilidad del receptor de la contraprestación.
- Artículo 158. Especialidades en la iniciación del procedimiento.
- Artículo 159. Especialidades en la instrucción del procedimiento.
- Artículo 160. Alegaciones a la propuesta de resolución y comunicación de la resolución al denunciante.
- Artículo 161. Caducidad del procedimiento.
- Artículo 162. Notificaciones.
- Artículo 163. Fondo para acciones de interés general.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos sancionadores.
- Disposición transitoria tercera. Principio de norma más favorable.
- Disposición derogatoria. Estatuto del Consumidor.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Actualización de las cuantías de las sanciones.
- Disposición final tercera. Modificación del Decreto de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
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