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Legislación › Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.

En tanto no se promulguen las disposiciones de desarrollo de esta ley, mantendrán su vigencia las normas que regulan materias comprendidas en su ámbito material de regulación en lo que no se opongan a la misma.

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