Legislación › Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria.
Artículo 30. Autocontrol de la calidad diferenciada.
Artículo 30. Autocontrol de la calidad diferenciada.
El sistema de autocontrol de la calidad diferenciada debe garantizar, además del cumplimiento de los requisitos de la calidad estándar, el cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos en las normas específicas del correspondiente régimen o figura de calidad. En particular la inscripción en los registros correspondientes o, en su caso, la comunicación previa de inicio de actividad, así como la realización de los ensayos o análisis que permitan conocer que el producto es conforme con aquellas.


