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Legislación › Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria.

Artículo 57. Medidas complementarias.

Artículo 57. Medidas complementarias.

1. Cuando el infractor no cumpla una obligación impuesta como sanción accesoria, o lo haga de forma incompleta, podrán imponerse multas coercitivas a fin de que se cumpla íntegramente la sanción establecida.

2. Las multas coercitivas se impondrán con una periodicidad de tres meses hasta el cumplimiento total de la sanción a que se refieran y su importe no podrá ser superior a 100 euros al día.

3. Las multas coercitivas serán independientes y compatibles con las multas que procedan como sanción por la infracción cometida.

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