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Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre Mujeres y Hombres.

En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 8 de mayo de 2019 · Último cambio el 31 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Principios de actuación.
  7. Artículo 5. Reconocimiento de las asociaciones para la promoción de la igualdad y la defensa de los derechos de las mujeres.
  8. TÍTULO II
  9. Artículo 6. El Gobierno de Navarra.
  10. Artículo 7. Superior competencia de las políticas de igualdad.
  11. Artículo 8. El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
  12. Artículo 9. Los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral. Las Unidades de Igualdad. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
  13. Artículo 10. El Consejo Navarro de Igualdad.
  14. Artículo 11. La Comisión Interdepartamental para la Igualdad.
  15. Artículo 12. Entidades Locales de Navarra.
  16. TÍTULO III
  17. Artículo 13. La transversalidad del derecho de igualdad y las acciones positivas.
  18. Artículo 14. Plan Estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres de Navarra.
  19. Artículo 15. Colaboración y coordinación entre Administraciones Públicas.
  20. Artículo 16. Representación equilibrada de mujeres y hombres.
  21. Artículo 17. Contratación pública.
  22. Artículo 18. Ayudas públicas.
  23. Artículo 19. Estadística y estudios.
  24. Artículo 20. Capacitación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  25. Artículo 21. Comunicación inclusiva y no sexista.
  26. Artículo 22. Informe de impacto de género.
  27. Artículo 23. Presupuestos con perspectiva de género.
  28. Artículo 24. Gestión del personal.
  29. TÍTULO IV
  30. CAPÍTULO I
  31. Artículo 25. Ciudadanía activa.
  32. Artículo 26. Empoderamiento y participación política de las mujeres.
  33. Artículo 27. Empoderamiento y participación social de las mujeres.
  34. Artículo 28. Empoderamiento de las mujeres del mundo rural.
  35. Artículo 29. Empoderamiento y participación en el ámbito deportivo.
  36. Artículo 30. Tecnologías de la información y sociedad digital.
  37. CAPÍTULO II
  38. Sección primera
  39. Artículo 31. Disposición general.
  40. Artículo 32. Educación infantil, obligatoria y postobligatoria.
  41. Artículo 33. Consejos escolares.
  42. Artículo 34. Formación del profesorado.
  43. Artículo 35. Educación profesional.
  44. Artículo 36. Educación universitaria e investigación.
  45. Artículo 37. Educación no formal.
  46. Artículo 38. Inspección educativa de Navarra.
  47. Sección segunda
  48. Artículo 39. Igualdad en la cultura.
  49. Sección tercera
  50. Artículo 40. Medios de comunicación social.
  51. Artículo 41. Publicidad.
  52. CAPÍTULO III
  53. Sección primera
  54. Artículo 42. Igualdad en el empleo.
  55. Artículo 43. Políticas de empleo.
  56. Artículo 44. Planes de igualdad de mujeres y hombres en el sector público.
  57. Artículo 45. Igualdad laboral en el sector privado.
  58. Sección segunda
  59. Artículo 46. Conocimiento, visibilización y sensibilización.
  60. Artículo 47. Rol de persona cuidadora.
  61. Sección tercera
  62. Artículo 48. Conciliación.
  63. Artículo 49. Corresponsabilidad.
  64. Sección cuarta
  65. Artículo 50. Integración de la perspectiva de género en el ámbito de la salud.
  66. Artículo 51. Actuaciones en el ámbito de la salud.
  67. Sección quinta
  68. Artículo 52. Actuaciones en materia de inclusión social e intervención comunitaria.
  69. Artículo 53. Cooperación al desarrollo y proyectos de acción humanitaria.
  70. CAPÍTULO IV
  71. Artículo 54. Políticas de movilidad.
  72. Artículo 55. Políticas de ordenación territorial, urbanismo y medio ambiente.
  73. TÍTULO V
  74. Artículo 56. Infracciones.
  75. Artículo 57. Responsabilidad.
  76. Artículo 58. Concurrencia.
  77. Artículo 59. Competencia y procedimiento.
  78. Artículo 60. Infracciones leves.
  79. Artículo 61. Infracciones graves.
  80. Artículo 62. Infracciones muy graves.
  81. Artículo 63. Reincidencia.
  82. Artículo 64. Sanciones.
  83. Artículo 65. Concreción y graduación de las sanciones.
  84. Artículo 66. Régimen de prescripciones.
  85. Disposición adicional primera. Evaluación del impacto social de la ley foral.
  86. Disposición adicional segunda. Revisión de denominaciones.
  87. Disposición adicional tercera. Aprobación del Plan Estratégico para la Igualdad entre mujeres y hombres de Navarra.
  88. Disposición adicional cuarta. Cobertura de personal Técnico de Grado Medio (Igualdad).
  89. Disposición adicional quinta. El Defensor del Pueblo.
  90. Disposición transitoria única. Aplicación del artículo 44 sobre los Planes de igualdad de mujeres y hombres en el sector público.
  91. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  92. Disposición final primera. Modificación de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  93. Disposición final segunda. Regulación informe de impacto de género.
  94. Disposición final tercera. Afectaciones presupuestarias.
  95. Disposición final cuarta. Adaptación legislativa.
  96. Disposición final quinta. Habilitación normativa.
  97. Disposición final sexta. Entrada en vigor.
  98. Firma