Legislación › Ley Foral 18/2019, de 4 de abril, sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra.
Artículo 9. Adaptación a nuevas cualificaciones.
Artículo 9. Adaptación a nuevas cualificaciones.
Corresponde al Gobierno de Navarra, en el ámbito de su competencia, adaptar las referencias a las cualificaciones y títulos contenidas en esta ley foral a las nuevas cualificaciones profesionales. En tanto no se adapten tales referencias a las nuevas cualificaciones que se creen, resultarán válidas aquellas que se declaren equivalentes a nivel profesional en la normativa vigente.


