Legislación › Real Decreto 308/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan.
Disposición transitoria primera. Comercialización de existencias de productos.
Disposición transitoria primera. Comercialización de existencias de productos.
Los productos objeto de la presente norma de calidad, elaborados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto y que no se ajusten a lo dispuesto en él, podrán comercializarse hasta que se agoten las existencias, incluidas las etiquetas y envases rotulados adquiridos previamente, siempre que cumplan con las disposiciones vigentes anteriores a su entrada en vigor.
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