Legislación › Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 26. Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito local.
Artículo 26. Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito local.
1. Los Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito local son el instrumento organizativo de respuesta para hacer frente a las emergencias que se puedan producir en las diferentes entidades territoriales de ámbito local de Extremadura. La dirección de estos planes y el Mando único corresponderá a la alcaldía del municipio respectivo.
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre. BOE-A-2022-21019
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21019 | Leer | Qué cambió |
| 18 de octubre de 2019 | Texto original | Leer |


