Legislación › Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura.
Artículo 128. Infracciones.
Artículo 128. Infracciones.
A los efectos de lo dispuesto en el presente título, tendrán la consideración de infracciones leves las tipificadas en los apartados e) del artículo 92 y graves las recogidas en los apartados l), m), n), ñ), o), p), q) y r) del artículo 93.


