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Legislación › Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura.

Artículo 28. Clasificación de las viviendas por el tipo de construcción.

Artículo 28. Clasificación de las viviendas por el tipo de construcción.

Según el tipo de construcción, se distingue entre:

a) Vivienda unifamiliar: Es aquella edificación de uso residencial, desarrollada para ser ocupada en su totalidad por una sola familia, con acceso independiente y exclusivo.

b) Vivienda plurifamiliar: Es aquella edificación de uso residencial que dispone de acceso y servicios comunes para dos o más familias.

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