Legislación › Ley 11/2019, de 11 de abril, de promoción y acceso a la vivienda de Extremadura.
Disposición adicional séptima. Registro viviendas desocupadas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de mayo de 2019 y la del 31 de marzo de 2023.
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Disposición adicional séptima. Registro viviendas desocupadas.
La consejería con competencia en materia de vivienda trabajará cruzando los datos de demandantes de vivienda con los de viviendas desocupadas, desarrollando los registros necesarios al efecto. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-9098 | Leer | Qué cambió |
| 7 de mayo de 2019 | Texto original | Leer |
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