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Legislación › Ley 2/2019, de 1 de marzo, de los senderos señalizados de la Región de Murcia.

Disposición adicional segunda. Vías de escalada equipadas.

Disposición adicional segunda. Vías de escalada equipadas.

Las vías de escalada equipadas por las cuales se hacen ascensiones en paredes de roca en el medio natural o rural y que cumplan las condiciones de la Declaración de Espuña de Escalada Sostenible serán homologadas y autorizadas siguiendo el mismo procedimiento regulado en esta ley para los senderos señalizados, debiendo incluir informe preceptivo para los senderos de acceso a la vía de escalada.

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