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Legislación › Ley 2/2019, de 1 de marzo, de los senderos señalizados de la Región de Murcia.

Disposición transitoria. Regularización de senderos señalizados existentes antes de la entrada en vigor de esta ley.

Disposición transitoria. Regularización de senderos señalizados existentes antes de la entrada en vigor de esta ley.

La Federación de Montañismo de la Región de Murcia y la Federación de Ciclismo de la Región de Murcia dispondrán de un plazo de tres años para tramitar la autorización de senderos homologados inscritos o reconocidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente ley y que forman parte de su Registro de Senderos de la Región de Murcia.

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