Legislación › Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Disposición adicional duodécima.
Disposición adicional duodécima.
La efectividad del presente Convenio único para el personal laboral de la Administración General de Estado está condicionada a la existencia de las disponibilidades presupuestarias necesarias.
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