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Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

En vigor Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social · Publicada el 17 de mayo de 2019 · Último cambio el 11 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Primero.
  3. Segundo.
  4. [firma]
  5. IV CONVENIO ÚNICO
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 1. Ámbito de aplicación.
  8. Artículo 2. Personal excluido.
  9. Artículo 3. Vigencia y denuncia del convenio.
  10. Artículo 4. Compensación y sustitución. 2 redacciones · cambió el 14/11/2019
  11. TÍTULO II
  12. Artículo 5. Principio de igualdad.
  13. Artículo 6. Conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
  14. TÍTULO III
  15. Artículo 7. Sistema de clasificación.
  16. Artículo 8. Grupos profesionales.
  17. Artículo 9. Familias profesionales.
  18. Artículo 10. Especialidades.
  19. Artículo 11. Modificación de la clasificación profesional de determinados colectivos de personal.
  20. TÍTULO IV
  21. Artículo 12. Comisión Negociadora y Comisión Paritaria.
  22. Artículo 13. Constitución y composición de la Comisión Negociadora.
  23. Artículo 14. Constitución y composición de la Comisión Paritaria.
  24. Artículo 15. Funciones de la Comisión Paritaria. 2 redacciones · cambió el 14/11/2019
  25. Artículo 16. Funcionamiento de la Comisión Paritaria.
  26. Artículo 17. Régimen de los acuerdos adoptados.
  27. Artículo 18. Grupos de trabajo de la Comisión Paritaria.
  28. Artículo 19. Subcomisiones Paritarias.
  29. Artículo 20. Derechos y garantías de quienes conforman la Comisión Paritaria y Subcomisiones Paritarias.
  30. Artículo 21. Solución de conflictos colectivos.
  31. TÍTULO V
  32. Artículo 22. Competencia y criterios relativos a la organización del trabajo.
  33. Artículo 23. Relaciones de puestos de trabajo.
  34. Artículo 24. Certificados de servicios y documento de identificación.
  35. Artículo 25. Reestructuraciones administrativas.
  36. Artículo 26. Planes de ordenación de recursos humanos.
  37. TÍTULO VI
  38. Artículo 27. Principios generales.
  39. Artículo 28. Convocatorias de ingreso por turno libre y promoción interna.
  40. Artículo 29. Sistemas selectivos.
  41. Artículo 30. Convocatoria.
  42. Artículo 31. Órganos de selección.
  43. Artículo 32. Período de prueba.
  44. Artículo 33. Selección de personal temporal.
  45. TÍTULO VII
  46. Artículo 34. Procedimientos de provisión y movilidad.
  47. CAPÍTULO I
  48. Artículo 35. El concurso y sus modalidades.
  49. Artículo 36. Concurso abierto y permanente.
  50. Artículo 37. Concurso extraordinario.
  51. CAPÍTULO II
  52. Artículo 38. Permuta en el ámbito del Convenio único.
  53. Artículo 39. Permuta entre Convenios distintos.
  54. Artículo 40. Movilidad por violencia de género y por violencia terrorista.
  55. Artículo 41. Movilidad funcional para la protección a la maternidad.
  56. Artículo 42. Movilidad para la protección de la salud del personal laboral.
  57. Artículo 43. Movilidad excepcional por razones de conciliación.
  58. Artículo 44. Movilidad excepcional por cambio de adscripción de puesto de trabajo.
  59. Artículo 45. Movilidad entre Administraciones Públicas.
  60. CAPÍTULO III
  61. Artículo 46. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  62. Artículo 47. Movilidad funcional dentro del mismo grupo profesional.
  63. Artículo 48. Desempeño de puestos de trabajo de distinto grupo profesional.
  64. Artículo 49. Movilidad sin cambio de funciones.
  65. Artículo 50. Traslado obligatorio a un centro de trabajo en distinta localidad.
  66. Artículo 51. Desplazamiento temporal.
  67. Artículo 52. Plazos de incorporación en los procedimientos de movilidad.
  68. Artículo 53. Supuestos de cierre y reestructuración de centros de trabajo.
  69. TÍTULO VIII
  70. Artículo 54. Principios generales.
  71. Artículo 55. Estructura salarial y clasificación.
  72. Artículo 56. Estructura retributiva. 2 redacciones · cambió el 14/11/2019
  73. Artículo 57. Salario base.
  74. Artículo 58. Pagas extraordinarias.
  75. Artículo 59. Otras retribuciones de carácter personal y complementos salariales. 2 redacciones · cambió el 26/01/2023
  76. Artículo 60. Retribución en los supuestos de jornada inferior a la ordinaria o por horas.
  77. Artículo 61. Cálculo de las deducciones.
  78. Artículo 62. Percepciones no salariales: Indemnizaciones o suplidos.
  79. Artículo 63. Retribución en especie.
  80. TÍTULO IX
  81. CAPÍTULO I
  82. Artículo 64. Jornada.
  83. Artículo 65. Calendario laboral.
  84. Artículo 66. Medidas de flexibilidad horaria y reducción de jornada.
  85. Artículo 67. Pausa durante la jornada de trabajo.
  86. Artículo 68. Jornada intensiva de verano.
  87. Artículo 69. Comunicación de las ausencias.
  88. Artículo 70. Mejora de las prestaciones de la Seguridad Social.
  89. Artículo 71. Absentismo.
  90. Artículo 72. Horas extraordinarias.
  91. CAPÍTULO II
  92. Artículo 73. Vacaciones.
  93. Artículo 74. Licencias.
  94. Artículo 75. Permisos.
  95. TÍTULO X
  96. Artículo 76. Principios generales.
  97. Artículo 77. Planes de formación.
  98. Artículo 78. Tiempos para la formación.
  99. Artículo 79. Permisos para la formación.
  100. Artículo 80. Acción social.
  101. TÍTULO XI
  102. Artículo 81. Principios generales.
  103. Artículo 82. Medios y equipos de protección personal.
  104. Artículo 83. Garantías de cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en los supuestos del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores.
  105. TÍTULO XII
  106. Artículo 84. La representación colectiva del personal laboral.
  107. Artículo 85. Representación unitaria.
  108. Artículo 86. Derechos e infraestructura de los Comités de Empresa y de los Delegados y Delegadas de Personal.
  109. Artículo 87. Garantías de las personas que ostentan la representación.
  110. Artículo 88. Reuniones y asambleas.
  111. Artículo 89. Representación sindical.
  112. Artículo 90. Derechos y garantías de los Delegados y Delegadas Sindicales.
  113. Artículo 91. Cuota sindical.
  114. TÍTULO XIII
  115. Artículo 92. Incompatibilidades.
  116. TÍTULO XIV
  117. Artículo 93. Causas de suspensión del contrato de trabajo.
  118. Artículo 94. Suspensión del contrato de trabajo para el personal laboral fijo.
  119. Artículo 95. Modalidades de excedencia.
  120. Artículo 96. Reingreso.
  121. Artículo 97. Extinción del contrato de trabajo.
  122. Artículo 98. Jubilación.
  123. TÍTULO XV
  124. CAPÍTULO I
  125. Artículo 99. Potestad disciplinaria.
  126. Artículo 100. Personas responsables.
  127. CAPÍTULO II
  128. Sección 1
  129. Artículo 101. Faltas disciplinarias.
  130. Artículo 102. Faltas muy graves.
  131. Artículo 103. Faltas graves.
  132. Artículo 104. Faltas leves.
  133. Sección 2
  134. Artículo 105. Tipos de sanciones.
  135. Artículo 106. Sanciones por faltas muy graves.
  136. Artículo 107. Sanciones por faltas graves.
  137. Artículo 108. Sanciones por faltas leves.
  138. Artículo 109. Criterios para la determinación de las sanciones.
  139. Artículo 110. Imposición de las sanciones.
  140. Artículo 111. Readmisión en caso de despido disciplinario improcedente.
  141. Sección 3
  142. Artículo 112. Prescripción de las faltas y de las sanciones.
  143. Artículo 113. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
  144. Artículo 114. Anotación y cancelación de las sanciones impuestas.
  145. Artículo 115. Denuncias a instancia de parte.
  146. CAPÍTULO III
  147. Artículo 116. Obligatoriedad de procedimiento.
  148. Artículo 117. Duración.
  149. Artículo 118. Vinculaciones con el orden jurisdiccional penal.
  150. Artículo 119. Inicio.
  151. Artículo 120. Medidas cautelares.
  152. Artículo 121. Instrucción.
  153. Artículo 122. Terminación.
  154. Artículo 123. Procedimiento abreviado para faltas leves.
  155. TÍTULO XVI
  156. Artículo 124. Derecho supletorio.
  157. Disposición adicional primera. Encuadramiento.
  158. Disposición adicional segunda. Tablas salariales.
  159. Disposición adicional tercera. Complemento Personal de Encuadramiento.
  160. Disposición adicional cuarta. Incorporación del Acuerdo de 30 de mayo de 2017.
  161. Disposición adicional quinta. Créditos horarios parte social Comisión Negociadora.
  162. Disposición adicional sexta. Creación de Comisión.
  163. Disposición adicional séptima. Anticipos reintegrables.
  164. Disposición adicional octava. Complemento singular de puesto. Personal en el exterior con sentencia favorable a su inclusión en el Convenio único.
  165. Disposición adicional novena. Expertos nacionales en comisión de servicios.
  166. Disposición adicional décima. Camineros del Estado.
  167. Disposición adicional undécima. Jubilación parcial.
  168. Disposición adicional duodécima.
  169. Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los puestos cuyo desempeño ya no es requerido por la organización en el ámbito del Convenio único.
  170. Disposición transitoria segunda.
  171. Disposición transitoria tercera. Entrada en vigor de los títulos VI y VII.
  172. Disposición transitoria cuarta. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
  173. Disposición transitoria quinta. Atribución temporal de complementos.
  174. Disposición transitoria sexta. Complementos singulares de puesto.
  175. Disposición transitoria séptima. Disposiciones sobre complementos. 3 redacciones · cambió el 26/01/2023
  176. Disposición transitoria octava.
  177. Disposición transitoria novena.
  178. Disposición transitoria décima.
  179. Disposición transitoria undécima. Complemento transitorio de homogeneización.
  180. Disposición transitoria duodécima. Complemento transitorio.
  181. Disposición transitoria decimotercera. Vigencia de complementos. 2 redacciones · cambió el 26/01/2023
  182. Disposición final única.
  183. ANEXO I
  184. ANEXO II
  185. ANEXO III
  186. ANEXO IV
  187. ANEXO V