Legislación › Real Decreto 347/2019, de 17 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.
ANEXO I
ANEXO I
Cantidad máxima de subvención por tipo de actividad formativa
A. Tipo de actividad.
– Cursos de formación.
– Visitas técnicas.
– Jornadas de información y orientación.
B. Cantidad máxima de subvención según el tipo de actividad.
| Tipo de actividad | Duración |
Cantidad máxima subvención – Euros |
|
|---|---|---|---|
| Curso presencial. | Curso breve. | Entre 12 y 39 horas. | Hasta 4.500 |
| Curso medio. | Entre 40 h y 100 horas. | Hasta 9.000 | |
| Curso largo. | De más de 100 horas. | Hasta 12.000 | |
Cuando los cursos se realicen en la modalidad de aula virtual, se aplicará un coeficiente del 0,8 a la cantidad máxima de subvención.
Cuando los cursos comprendan una vista técnica se aplicará un coeficiente del 1,2 a la cantidad máxima de subvención.
Se modifica por el art. único.15 del Real Decreto 206/2023, de 28 de marzo. BOE-A-2023-7940
Redactado el cuadro de la letra B conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 144, de 17 de junio de 2023. BOE-A-2023-14428
Se modifica el título y primeros párrafos por el art. 3.15 del Real Decreto 810/2020, de 8 de septiembre. BOE-A-2020-10367
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-7940 | Leer | Qué cambió |
| 10 de septiembre de 2020 | BOE-A-2020-10367 | Leer | Qué cambió |
| 19 de mayo de 2019 | Texto original | Leer |


