Legislación › Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil.
Artículo 30. Confidencialidad.
Artículo 30. Confidencialidad.
El Consejo de la Juventud del Principado de Asturias velará por el respeto de la confidencialidad de la información a la que acceda en el desempeño de las funciones que tiene atribuidas, salvaguardando su integridad y reserva, salvo respecto de aquellos supuestos que sean considerados de público conocimiento.


