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Legislación › Ley 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil.

Artículo 30. Confidencialidad.

Artículo 30. Confidencialidad.

El Consejo de la Juventud del Principado de Asturias velará por el respeto de la confidencialidad de la información a la que acceda en el desempeño de las funciones que tiene atribuidas, salvaguardando su integridad y reserva, salvo respecto de aquellos supuestos que sean considerados de público conocimiento.

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