Legislación › Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud.
Artículo 134. Régimen de impugnación de actos.
Artículo 134. Régimen de impugnación de actos.
Los actos administrativos del Director Gerente y del Consejo de Administración del Sespa podrán ser recurridos en alzada ante el Consejero competente en materia de sanidad.


