LexTotal

Legislación › Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud.

Artículo 154. Medidas provisionales.

Artículo 154. Medidas provisionales.

Además de las medidas provisionales previstas en el artículo 56.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán adoptarse las siguientes:

a) La suspensión total o parcial de la actividad.

b) La clausura de centros, servicios, establecimientos o instalaciones.

← Artículo 153 Índice Artículo 155 →