Legislación › Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud.
Disposición adicional primera. Personal laboral del Hospital del Oriente de Asturias.
Disposición adicional primera. Personal laboral del Hospital del Oriente de Asturias.
La entrada en vigor de la presente ley no afectará a los derechos laborales activos y pasivos del personal laboral integrado al amparo de la Ley del Principado de Asturias 2/2010, de 12 de marzo, de integración del «Hospital del Oriente de Asturias Francisco Grande Covián» y de su personal en el Sespa en régimen de gestión directa.


