Legislación › Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
Artículo 22. Extinción de la declaración como bienes culturales de protección básica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de mayo de 2019 y la del 4 de enero de 2024.
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Artículo 22. Extinción de la declaración como bienes culturales de protección básica.
La declaración de un bien elemento como bien cultural de protección básica sólo solo podrá ser dejada sin efecto, de forma total o parcial, por los mismos trámites seguidos para su declaración, previo informe favorable del Consejo de la CAPV de Patrimonio Cultural del País Vasco. declaración.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2023-26639 | Leer | Qué cambió |
| 21 de mayo de 2019 | Texto original | Leer |


