Legislación › Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
Artículo 37. Criterios comunes de intervención en bienes culturales inmuebles de protección especial.
Artículo 37. Criterios comunes de intervención en bienes culturales inmuebles de protección especial.
Toda obra o intervención que afecte a cualquier categoría de bien cultural de protección especial se ajustará a los criterios especificados en su régimen de protección. En caso de no contar con dicho régimen de protección particular, se permitirán tan solo aquellas intervenciones destinadas a la conservación y puesta en valor de los bienes, de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 34 de esta ley.


