Legislación › Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
Artículo 60. Definición.
Artículo 60. Definición.
El patrimonio industrial está integrado por el conjunto de bienes inmuebles, muebles e inmateriales que constituyen testimonios significativos de la evolución de las actividades técnicas, extractivas, tecnológicas, de la ingeniería, productivas y de transformación relacionadas con la industria, así como de las manifestaciones vinculadas a la cultura industrial.


