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Legislación › Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.

Disposición transitoria séptima. Rótulos, carteles, anuncios y demás soportes publicitarios en conjuntos históricos.

Disposición transitoria séptima. Rótulos, carteles, anuncios y demás soportes publicitarios en conjuntos históricos.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del plan especial del respectivo conjunto histórico, las entidades mercantiles y comerciales deberán retirar los rótulos, carteles, anuncios y demás soportes publicitarios de las fachadas y cubiertas de los inmuebles pertenecientes a los conjuntos históricos. Transcurrido dicho plazo, los ayuntamientos instarán a retirar dichos elementos mediante órdenes de ejecución.

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