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Legislación › Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

Artículo 106. Infracciones graves.

Artículo 106. Infracciones graves.

Son infracciones graves de las personas usuarias o beneficiarias de los servicios y prestaciones las siguientes:

a) Falsear datos a la Administración, si la falsedad no ha sido determinante para acceder a la prestación.

b) No comunicar a la Administración los cambios o las alteraciones de las circunstancias o de los requisitos que determinaron la concesión de la prestación.

c) Producir daños a las instalaciones del centro o servicio.

d) Alterar gravemente la convivencia del centro o servicio.

e) Cometer agresión física al personal de los centros y servicios y a las demás personas usuarias y sus acompañantes, siempre que no sea constitutiva de ilícito penal.

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