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Legislación › Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

Artículo 20. Servicios del sistema público de servicios sociales.

Artículo 20. Servicios del sistema público de servicios sociales.

1. Son servicios el conjunto de las actuaciones realizadas por profesionales, ya sea directamente o a través de medios tecnológicos, dirigidas a la prevención, diagnóstico, seguimiento, valoración, intervención, protección, promoción de la autonomía personal, acompañamiento social, mediación e inclusión social, mediante actuaciones a las personas, unidades de convivencia, grupos y comunidades.

2. Todos los servicios del sistema público quedarán recogidos en el catálogo contenido en esta ley y en su posterior desarrollo reglamentario para su atención personalizada y/o comunitaria.

3. Los servicios del sistema público de servicios sociales de Canarias serán, al menos, las siguientes, en los términos que se recojan en el catálogo de servicios y prestaciones:

a) Información: servicio que posibilita a las personas, familias y grupos acceder en tiempo y forma a un conocimiento adecuado y suficiente sobre los derechos, servicios y prestaciones que pueden favorecer su inclusión social, autonomía y bienestar social, garantizando una información veraz, accesible y facilitada en términos comprensibles.

b) Valoración, que incluirá:

– Valoración inicial: consiste en la identificación básica, desde una perspectiva integral, de las necesidades y capacidades de las personas, las familias y su entorno, al objeto de constatar si procede una intervención del sistema público de servicios sociales y, en su caso, remitir a las personas usuarias a una valoración especializada.

– Valoración especializada: es una valoración que incluye la baremación de las situaciones de dependencia, discapacidad, exclusión y desprotección. La misma podrá ser social, psicosocial, sociosanitaria o socioeducativa.

– Valoración de seguimiento: servicio que conlleva la realización de evaluaciones periódicas del plan de atención personalizada.

c) Diagnóstico social: consiste en la descripción y valoración profesional de las necesidades sociales y capacidades que presentan las personas, familias y grupos que solicitan la atención del sistema público de servicios sociales, al objeto de determinar la intervención adecuada en el marco de un plan de atención personalizada.

d) Orientación y seguimiento: conjunto de acciones profesionales orientadas a dar a conocer derechos y recursos sociales que permitan a la persona la toma de decisiones y su participación en la elaboración del plan de atención personalizada.

e) Acompañamiento social: prestación en virtud de la cual la persona participa, en interacción con un profesional cualificado, en una relación de ayuda que contribuye a mejorar su desenvolvimiento autónomo e integración social. Se incluye dentro de este servicio la acción tutorial, la supervisión y el apoyo social, entre otros.

f) Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia: es el conjunto de actuaciones destinadas a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Asimismo, aquellas destinadas a la prevención de la aparición o agravamiento de enfermedades o discapacidades y de sus secuelas, así como el apoyo a la vida independiente y/o autónoma, a través de la promoción de condiciones de vida saludables, programas específicos de carácter preventivo y/o rehabilitador y de integración y mejora de las capacidades personales. Se incluyen dentro de estos servicios todos aquellos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

g) Cuidados en el entorno familiar: comprende el conjunto de actuaciones llevadas a cabo tanto en el domicilio de la persona como fuera de él, con el fin de atender las condiciones básicas de accesibilidad, necesidades y actividades de la vida diaria y prevenir la pérdida de autonomía, mejorando su calidad de vida. Este servicio comprende el apoyo a los desplazamientos que garantizan el acceso a los servicios sociales, además de:

– El servicio de apoyo a las personas cuidadoras: conjunto de actuaciones de formación, apoyo y sustitución a aquellas personas que se dedican, con carácter habitual, con o sin retribución, al cuidado de personas con limitaciones en su autonomía personal, familiar y social.

– La ayuda a domicilio: conjunto de atenciones y cuidados de carácter personal y doméstico que pueden tener un carácter preventivo, asistencial o rehabilitador, destinados a personas, familias o grupos, para evitar o, en su caso, retrasar el ingreso en centro o para intervenir en situaciones de conflicto psicofamiliar.

h) Centro de día o noche: este servicio ofrece, con carácter temporal o permanente, una atención individualizada e integral, durante el periodo diurno o nocturno, a los menores en situación de riesgo o desprotección, a las personas en situación de dependencia, discapacidad o con enfermedad mental crónica.

i) Centros ocupacionales: aquellos donde se desarrollan actividades de terapia ocupacional, de rehabilitación y de inserción personal y sociolaboral para personas con discapacidad o aquellas que encuentran barreras para integrarse en el mercado laboral.

j) Intervención, que comprenderá:

– Intervención y apoyo familiar: conjunto de actuaciones profesionales dirigidas a facilitar la convivencia y la inclusión social de las familias, abordando situaciones de crisis, riesgo o vulnerabilidad familiar.

Se incluye dentro de este servicio, entre otros, el asesoramiento, intermediación arrendaticia, bancaria, inmobiliaria y tramitación de prestaciones económicas.

– Intervención sociofamiliar: conjunto de actuaciones profesionales de ayuda psicoeducativa y social para el tratamiento y resolución de las necesidades sociales, educativas y familiares de las personas, las familias o grupos de población y su entorno.

– Prevención e intervención sociocomunitaria e inclusión social: conjunto de actuaciones profesionales orientadas a la prevención de las situaciones de exclusión social, la dinamización comunitaria y la búsqueda de respuestas colectivas a las necesidades sociales, así como la transformación social de estas zonas desde unos objetivos comunes entre todas las partes implicadas para el logro de la cohesión social.

– Intervención socioeducativa y psicosocial: conjunto de actuaciones profesionales que implican el establecimiento de un proceso a través del cual las personas usuarias adquieren conocimientos, actitudes, hábitos o capacidades útiles para su desenvolvimiento autónomo e integración social. Se incluyen dentro de estos servicios la intervención social, estimulativa o rehabilitadora, psicológica, ocupacional, educativa, psicosocial, la mediación familiar y la intermediación y mediación social.

– Intervención sociosanitaria: conjunto de actuaciones profesionales orientadas a dar respuesta a situaciones de necesidad compleja que requieren de intervención de naturaleza mixta, social y sanitaria, de forma simultánea, o también secuencial, en todo caso complementaria y estrechamente articulada.

– Intervención sociolaboral de colectivos en riesgo o exclusión social: conjunto de actuaciones profesionales orientadas a promover el acceso a la inclusión de estos colectivos, mediante la incorporación al mercado laboral, fomentando su autonomía.

k) Atención residencial: conjunto de actuaciones destinadas a proporcionar alojamiento, temporal o permanente según los casos, a las personas o unidades de convivencia que carecen de este recurso básico o que, por necesidades especiales, se considere adecuado una alternativa habitacional que ofrezca una atención personalizada y continuada.

l) Servicio de atención temprana: conjunto de actuaciones destinadas a la población infantil de 0 a 6 años, a la familia y al entorno, que tienen por objeto dar respuesta lo antes posible a las necesidades transitorias o permanentes que presenten los niños y niñas con trastornos en su desarrollo o en riesgo de padecerlos.

m) Protección jurídica y ejercicio de la tutela de las personas mayores de edad con capacidad de obrar modificada y en situación de desamparo: conjunto de actuaciones destinadas al apoyo de las personas mayores de edad con capacidad de obrar modificada y en situación de desamparo, con el objeto de proteger sus derechos, así como promover y facilitar su ejercicio efectivo, velando especialmente por el cuidado de la persona y la administración de sus bienes, promoviendo su pleno desarrollo personal, su máxima inclusión social y la mejora de la calidad de vida. Este servicio abarcará, además de la atención jurídica, la tutela judicial, la guarda y curatela.

n) Alojamiento para personas sin hogar: conjunto de actuaciones destinadas al alojamiento no permanente, organizado en distintos niveles de exigencia (alojamiento de baja exigencia, centros de acogida, viviendas tuteladas y pisos supervisados), destinado a acoger personas en situación de sin hogar. Asimismo, este servicio incluirá la atención inmediata de personas sin hogar que rechazan servicios de alojamiento.

ñ) Atención a mujeres víctimas de violencia de género, doméstica o de actos contra la libertad sexual: es el conjunto de actuaciones profesionales destinadas a ofrecer información, orientación, acompañamiento, asesoramiento, protección sociojurídica y apoyo psicológico. Asimismo, contempla todas las actuaciones que garanticen la prevención y reparación del daño.

o) Servicio de atención a la infancia y adolescencia: es el conjunto de actuaciones profesionales encaminadas a la promoción del bienestar personal y social de los niños y las niñas y la adolescencia y de actuaciones de prevención, atención, protección, reparación y participación dirigidas a estas personas con el fin de garantizar el ejercicio de sus derechos, la asunción de sus responsabilidades y la consecución de su desarrollo integral. Este servicio abarcará, entre otros, los de familia numerosa, servicio de apoyo técnico a menores con conductas violentas en la familia, servicio de mediación para el encuentro entre personas adoptadas y sus familiares de origen, servicio de intervención terapéutica para niños y niñas en acogimiento, servicio de acogida residencial y familiar, servicio de adopción y posadopción y servicio de justicia juvenil.

p) Servicio de apoyo a la emancipación: está compuesto por el conjunto de actuaciones de apoyo y seguimiento personalizado de los adolescentes mayores de 16 años con alguna medida de protección o mayores de 18 años sobre lo que se ha ejercido alguna medida protectora.

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