LexTotal

Legislación › Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

Disposición adicional undécima. Criterios para la determinación de la capacidad económica de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales.

Disposición adicional undécima. Criterios para la determinación de la capacidad económica de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales.

Dentro del plazo máximo de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno de Canarias aprobará un decreto en el que se establezcan los criterios para determinar la capacidad económica de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales.

← Disposición adicional décima Índice Disposición adicional duodécima →