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Legislación › Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

Disposición adicional séptima. Cláusulas sociales en la contratación pública.

Disposición adicional séptima. Cláusulas sociales en la contratación pública.

El Gobierno de Canarias asume la inclusión de cláusulas sociales en la contratación pública de bienes y servicios mediante el establecimiento de criterios de valoración de ofertas vinculados con la satisfacción de exigencias sociales propias de las categorías de población especialmente desfavorecida a las que pertenezcan las personas usuarias o beneficiarias de las prestaciones de dicha contratación, en los términos señalados en la legislación de contratos del sector público.

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