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Legislación › Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

Disposición transitoria primera. Disposiciones vigentes con carácter transitorio.

Disposición transitoria primera. Disposiciones vigentes con carácter transitorio.

Serán de aplicación las disposiciones reglamentarias vigentes en materia de servicios sociales en todo lo que no contradiga o se oponga a lo establecido en la presente ley hasta que se aprueben los reglamentos de desarrollo necesarios.

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