Legislación › Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.
Artículo 65. Planes provinciales, comarcales y municipales de instalaciones deportivas.
Artículo 65. Planes provinciales, comarcales y municipales de instalaciones deportivas.
Las provincias, las comarcas y los municipios, en el ejercicio de sus competencias, definidas por la ley, podrán elaborar planes provinciales, comarcales o municipales de instalaciones deportivas, de acuerdo con lo establecido en el Plan Director de Instalaciones Deportivas de Aragón.


