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Legislación › Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón.

Artículo 11. Fundaciones.

Artículo 11. Fundaciones.

1. A los efectos de esta ley son agentes del Sistema Aragonés de I+D+i las fundaciones del sector público aragonés cuando así se establezca en la norma por la que se autorice su constitución y expresamente se recoja en sus estatutos su finalidad destinada a la realización de actividades de investigación e innovación.

2. Serán también agentes del Sistema Aragonés de I+D+i las fundaciones que no formen parte del sector público aragonés que tengan entre sus fines la realización de actividades de investigación e innovación y que desarrollen su actividad en territorio aragonés.

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